Glosario · Internacional

Formulario U2 (exportación de la prestación por desempleo)

Imagina a alguien que cobra el paro contributivo en España y decide irse tres meses a buscar trabajo a otro país europeo. ¿Tiene que renunciar a la prestación?…

Imagina a alguien que cobra el paro contributivo en España y decide irse tres meses a buscar trabajo a otro país europeo. ¿Tiene que renunciar a la prestación? No necesariamente: el formulario U2 es la autorización que le permite trasladarse a otro Estado miembro a buscar empleo conservando el cobro de su prestación de origen durante un periodo limitado. Sustituyó al antiguo formulario E303.

El beneficiario es un trabajador que está percibiendo prestación contributiva por desempleo —en España o en otro Estado miembro— y quiere desplazarse a otro país del ámbito de los reglamentos europeos para buscar trabajo. El plazo de exportación es de tres meses, prorrogables hasta seis según los términos de la norma; mientras dura, sigue cobrando la prestación de origen. A cambio se exigen dos cosas: haber estado inscrito como demandante de empleo durante un periodo previo en el país de origen, y formalizar el traslado solicitando el U2 antes de salir. Ya en destino, debe inscribirse en el servicio público de empleo local dentro de un plazo determinado para que la prestación siga abonándose.

El riesgo está en el final del periodo. Si la exportación expira sin haber encontrado empleo y el trabajador no regresa, pierde el derecho a seguir cobrando, salvo excepciones tasadas. Si, por el contrario, encuentra trabajo durante la exportación, pasa a cotizar en el Estado de destino y se acoge a sus reglas.

Lo expide el SEPE a solicitud del interesado, dentro del marco del Reglamento 883/2004. Es la pieza que da movilidad real a la búsqueda de empleo sin que el reloj de la prestación se detenga de golpe al cruzar la frontera.

Cómo leer este término

En el glosario distinguimos entre definición legal, regla de cálculo y ejemplo ilustrativo. Si el término incluye una cuantía vigente, debe leerse asociada al año y a la fuente normativa indicada.

Para una pensión concreta, la cifra definitiva depende de la vida laboral, bases reales, fecha del hecho causante y resolución del INSS.

Preguntas frecuentes

¿Puedo llevarme el paro a buscar empleo a otro país de la UE?

Sí, con el formulario U2, que autoriza a un beneficiario que ya está cobrando la prestación contributiva por desempleo en España a trasladarse a otro Estado miembro conservando el cobro. Los requisitos básicos son haber estado inscrito como demandante de empleo en el SEPE durante un periodo mínimo previo (cuatro semanas, en términos generales), tener prestación contributiva en curso (no subsidios asistenciales) y formalizar la solicitud antes de salir del país. El destino debe ser otro Estado miembro de la UE, del EEE, Suiza o Reino Unido en lo previsto por el régimen del Brexit. La exportación se concede para buscar empleo de forma efectiva, no para cualquier estancia: las autoridades pueden pedir justificación de la búsqueda durante el periodo cubierto. Lo expide el SEPE dentro del marco del Reglamento 883/2004.

¿Cuánto tiempo puedo cobrar la prestación en el otro país y qué debo hacer al llegar?

El plazo inicial de exportación es de tres meses, prorrogables hasta un máximo de seis meses en los términos previstos por la norma. Durante ese periodo, el SEPE sigue abonando la prestación con cargo a la cobertura española. Al llegar al destino, el beneficiario debe inscribirse como demandante de empleo en el servicio público de empleo local dentro del plazo previsto (típicamente, siete días desde la salida de España): esa inscripción es la condición para que el pago siga vigente. Si no se inscribe en plazo, el SEPE puede suspender el pago y reclamar la devolución de las mensualidades cobradas. Una vez agotado el plazo, el beneficiario regresa a España para seguir cobrando lo que reste, o no regresa y pierde lo pendiente, salvo excepciones tasadas. Si encuentra empleo en destino, deja de cobrar la prestación española y pasa a cotizar al sistema del país en el que trabaja; esas cotizaciones se totalizarán en el futuro con las españolas a efectos de pensión.

← Volver al glosario completo · Más términos de internacional

Las cifras concretas se citan con su Real Decreto y fecha de publicación dentro del cuerpo del término. Fuentes y criterio en /datos/metodologia.