Dos empresas pueden cotizar por contingencias profesionales tipos muy distintos aunque paguen salarios parecidos, y la razón está en el epígrafe de cotización. Es el código que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna a cada empresa o cuenta de cotización para identificar la actividad económica —y, en su caso, la ocupación— a la que están adscritos sus trabajadores a efectos de la tarifa de primas por riesgos profesionales. Cuanto más peligrosa la actividad, mayor el tipo.
La asignación parte del CNAE: la actividad principal de la empresa, según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas, fija el epígrafe principal del CCC, y una empresa multidisciplinar puede acabar con varios CCC y epígrafes distintos. Cuando dentro de una misma actividad conviven riesgos muy diferentes, la norma baja al detalle de la ocupación y asigna epígrafes específicos: es lo típico en construcción, donde no cotiza igual un albañil que un técnico; en industria pesada, entre operarios y administrativos; y en ciertos servicios. Cada epígrafe arrastra un tipo de cotización por contingencias profesionales fijado en la tarifa de primas vigente.
Acertar con él no es un trámite menor. Por el lado del coste laboral, una asignación errónea puede traducirse en cuotas excesivas o insuficientes, y en este segundo caso en actas de liquidación con recargo si la Inspección lo detecta. Por el lado de las prestaciones, ante un accidente o una enfermedad profesional el epígrafe sirve de referencia para determinar si el riesgo concreto encaja en la cobertura de la actividad.
Los epígrafes vigentes figuran en la disposición adicional 4ª de la Ley 42/2006 y en sus modificaciones por las sucesivas Leyes de Presupuestos.