Darse de alta como autónomo cuesta menos al principio de lo que costará después, y eso es deliberado. La tarifa plana de autónomos es el conjunto de bonificaciones y reducciones que se aplican a la cuota mensual a la Seguridad Social durante los primeros años de alta como nuevo autónomo en el RETA, con un objetivo claro: abaratar la fase de arranque de la actividad por cuenta propia.
Desde que en 2023 entró en vigor la cotización por rendimientos netos, la tarifa plana se articula como una cuota reducida de importe fijo durante los primeros doce meses de alta, prorrogable un periodo adicional si los rendimientos netos del autónomo se mantienen por debajo del salario mínimo interprofesional. Para acceder hay que ser nuevo autónomo —o reanudar el alta tras un periodo determinado sin haber estado en el RETA— y no ser autónomo colaborador o societario fuera de los supuestos previstos. Esa cuota fija reducida de los primeros doce meses sustituye a la cotización por tramos que rige con carácter general, y resulta compatible con otras bonificaciones específicas, como las previstas para autónomos con discapacidad, víctimas de violencia de género o quienes operan en municipios con riesgo de despoblación.
Ahora bien, lo barato de hoy tiene una contrapartida mañana. Al reducir la cuota actual, la tarifa plana también rebaja la base que se computa a futuros efectos de cálculo de la base reguladora, salvo que se complemente con cotizaciones más altas en años posteriores. Conviene tenerlo presente: lo que ahorra el autónomo al empezar puede restarle pensión más adelante.
La normativa específica figura en la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado y en el Real Decreto-ley que reformó la cotización del RETA.