Visto desde el lado del tiempo, la brecha pensional tiene una traducción exacta: ¿cuántos años más tendría que cotizar una mujer trabajadora media para alcanzar la pensión de un hombre? La respuesta aritmética, partiendo de la brecha salarial del 16 % y de una carrera ya consolidada, sale en el rango de 3 a 5 años adicionales. Es, aproximadamente, lo que dura una primera maternidad sumada a un primer cuidado familiar. Por qué se origina esa diferencia —parcialidad, cuidados, techo de carrera— está desarrollado en la pieza central sobre la brecha de género en pensiones; aquí el objetivo es otro: hacer la cuenta. Mostrar, con la escala real del cálculo, por qué trabajar "un poco más" no basta y dónde topa la aritmética.
Los ingredientes de la cuenta
- Brecha pensional cualitativa: 25-30 % en jubilación contributiva.
- Brecha salarial 2023: 16 % (INE, EAES 2023).
- Pensión media SS de jubilación, abril 2026: 1.569,70 €/mes (agregada).
- Salario medio anual 2023: hombres 30.372,49 €; mujeres 25.591,31 €.
- Años cotizados para el 100 % de la base reguladora: 36 años y 6 meses en 2026; 37 desde 2027.
- Escala de cotización (LGSS art. 210): tras los 15 años mínimos (que dan el 50 %), cada año adicional añade de media en torno a 1,8 puntos porcentuales, pero la escala es tramificada: rinde más al principio y se aplana al final.
- Diferencia media en años cotizados al jubilarse: las mujeres llegan con unos 4-6 años menos que los hombres (cualitativo).
La cuenta, paso a paso
La pensión es base reguladora multiplicada por el porcentaje que da la escala de años cotizados. Si una mujer tiene una base reguladora un 16 % inferior a la de un hombre, para llegar a la misma pensión final necesitaría aplicar un porcentaje mayor: si BR_h × 100 % = BR_m × X %, entonces X = 100 × BR_h / BR_m = 100 / 0,84 ≈ 119 %. Y ahí está el primer muro: el sistema topa al 100 % de la base reguladora. Por mucho que se cotice más allá de los 36 años y 6 meses, no se cobra ni un euro más por encima de ese tope. Solo con la brecha salarial, la aritmética ya es imposible de cerrar únicamente con años.
Cuando se incorporan los demás amplificadores (parcialidad, carreras intermitentes, techo de carrera), la brecha efectiva sube al rango 25-30 %. Para recortarla vía años cotizados —dentro del límite del 100 %—, la cuenta sitúa el hueco en torno a 3-5 años de cotización que la mujer media tendría que recuperar respecto a la carrera tipo masculina. No es un dato sobre pereza ni sobre elección: es la cuenta de los años que el mercado de trabajo "resta" a una carrera femenina media.
Por qué un año cotizado no vale lo mismo según cuándo
La clave del ejercicio está en que la escala del Régimen General no es lineal, y eso cambia el resultado de "trabajar más al final":
- Primeros 15 años: dan derecho al 50 % de la base reguladora. Son carencia; sin ellos no hay pensión contributiva, pero tampoco aportan escala individualizada.
- Años 16 a 24: cada mes suma alrededor de 0,21 puntos porcentuales. Esos nueve años llevan aproximadamente del 50 % al 78 %. Es el tramo más rentable.
- Años 25 a 36,5 (zona alta): cada mes suma en torno a 0,18-0,19 puntos. Esos 11,5 años llevan del 78 % al 100 %. La escala ya se ha aplanado.
- A partir del año 37: no hay más escala. La pensión está topada al 100 % de la base reguladora.
La consecuencia para una carrera femenina es directa: si la interrupción cae en los años 16-24 —el tramo más generoso, justo el de la maternidad y el primer cuidado—, se renuncia a la parte de la escala que más rinde. Recuperar esos puntos trabajando hasta los 67 no compensa del todo, porque los años cotizados al final caen en la zona donde cada mes vale menos. La pérdida es estructural, no de cantidad.
Una carrera tipo, con números
Un ejemplo aritmético sobre cifras autorizadas. Una carrera tipo masculina con base reguladora de 1.800 €/mes y 37 años cotizados llega al 100 %: pensión bruta de 1.800 €/mes, cerca de la pensión media de jubilación de abril de 2026. Una carrera tipo femenina con base reguladora un 16 % inferior (1.512 €/mes) y 32 años cotizados aplica en torno al 94 % de la escala: 1.512 × 0,94 ≈ 1.421 €/mes. La diferencia con el hombre es de -379 €/mes, una brecha del 21 % atribuible solo a la base salarial y a los cinco años menos cotizados. Sumando parcialidad y carrera intermitente, se alcanza el 25-30 % real.
Para igualar los 1.800 € del hombre partiendo de una base de 1.512 €, la mujer necesitaría aplicar ese 119 % imposible. Como el tope es el 100 %, dentro del sistema actual solo hay tres salidas, y ninguna cierra el hueco por sí sola: subir la base reguladora (entrar en cohortes o sectores con mejores carreras, efecto que ya empieza con las nacidas tras 1965 pero tarda décadas); cobrar el complemento por brecha de género (hasta 147,60 €/mes con cuatro hijos); o demorar la jubilación más allá de los 65 con el incentivo del 4 % anual, recuperando parte de esos años por la vía del retraso.
Qué cambió la reforma de 2023 en esta cuenta
El Real Decreto-Ley 2/2023 introdujo dos cambios con efecto sobre la aritmética anterior. El primero es el cómputo dual de la base reguladora: el periodo de cálculo se amplía de forma gradual desde los 25 años tradicionales (300 meses) hasta los últimos 29 años descartando los meses de menor base, y el INSS aplica de oficio la opción más favorable. Esto ayuda a las carreras femeninas con tramos finales más bajos por parcialidad, prejubilación forzosa o cuidados, porque permite dejar fuera del cálculo precisamente los peores meses. El segundo es el destope gradual de la base máxima de cotización por encima del IPC durante la próxima década, que afecta a salarios altos y, por tanto, apenas mueve la brecha: las mujeres están menos representadas en ese tramo.
La reforma, en resumen, mejora marginalmente las carreras irregulares por la vía del cómputo dual, pero no introduce ningún mecanismo que reconozca de forma explícita los años de cuidados como cotización plena. Ese sigue siendo el agujero de la cuenta.
La salida real no es paramétrica, sino generacional. La brecha se cerrará por rotación de cohortes: las mujeres nacidas en 1975 y después entran al mercado laboral con tasa de actividad cercana a la masculina, mejor formación media y menos parcialidad inducida, de modo que en el horizonte 2040-2050 las pensiones nuevas femeninas convergerán mucho más con las masculinas. El stock ya causado seguirá pesando y bajará más despacio. Esos 3-5 años de diferencia son, exactamente, el reflejo de una transición que todavía no ha terminado. Conviene recordar, eso sí, que las cifras de la cuenta son agregadas y cualitativas: ni toda mujer llega con 4-6 años menos, ni el "1,8 pp por año" es más que una media de una escala tramificada, ni los 3-5 años extra bastan en carreras con base reguladora muy por debajo de la media, donde igualar por años sería matemáticamente imposible. Es un ejercicio para entender la mecánica del sistema, no el cálculo de ninguna pensión concreta, que siempre corresponde al INSS sobre la carrera real.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 8/2015, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 210.
- Real Decreto-Ley 2/2023, reforma de pensiones (cómputo dual de la base reguladora).
- Seguridad Social, estadística mensual de pensiones, abril 2026.
- INE, Encuesta Anual de Estructura Salarial 2023.
- Real Decreto-Ley 3/2021, complemento por brecha de género.
- Real Decreto 39/2026, revalorización de pensiones — BOE-A-2026-1484.
