La sigla MUFACE corresponde a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el organismo público que gestiona el régimen especial de Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado encuadrados en él. Pero hay un matiz que marca toda su comprensión: no es, en sentido estricto, un régimen de pensiones. Las pensiones de jubilación, viudedad y orfandad de este colectivo se reconocen, según el caso, por Clases Pasivas o por el Régimen General, no por MUFACE.
¿Qué hace entonces? Su competencia más característica es la asistencia sanitaria: cada año el mutualista elige entre la red pública del Sistema Nacional de Salud o las entidades privadas concertadas con MUFACE. Esa elección anual es uno de los rasgos históricos del mutualismo administrativo y, de hecho, lo que más debate público genera sobre el modelo. A ello se añaden prestaciones complementarias —incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y la lactancia, prestaciones farmacéuticas, ortoprotésicas y ayudas asistenciales en los supuestos previstos— y los servicios sociales dirigidos a sus colectivos protegidos.
MUFACE no opera sola. Junto a ella existen dos mutualidades equivalentes: ISFAS, para el personal de las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, y MUGEJU, para la Administración de Justicia. Las tres conviven con el sistema de Clases Pasivas y, desde 2011, con el Régimen General para los funcionarios de nuevo ingreso.
Para el funcionario afectado la consecuencia práctica es clara: su jubilación se calcula y se paga fuera de MUFACE, según el sistema que le corresponda por su fecha de ingreso; lo que la mutualidad gestiona es su cobertura sanitaria y las prestaciones que acompañan a su vida laboral. La normativa principal está en el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.