Antes de que existieran las pensiones no contributivas, creadas en 1990, el Estado ya tenía una prestación para mayores y personas con incapacidad que carecían de cotización suficiente y vivían en situación de necesidad: la pensión asistencial FAS, del Fondo de Asistencia Social. La regularon la Ley 45/1960 y normas concordantes hasta que el sistema actual la dejó atrás.
Su naturaleza era puramente asistencial. Se financiaba con impuestos, no con cotizaciones, y atendía a personas en situación de pobreza sin acceso a ninguna otra cobertura de la Seguridad Social. La cuantía era baja y fija, se actualizaba cada año y resultaba inferior a la de la actual pensión no contributiva.
El relevo lo marcó la Ley 26/1990, que creó las pensiones no contributivas y previó una transición progresiva. Quien cobraba FAS y se acogió en su día al sistema nuevo pasó a percibir pensión no contributiva; quien prefirió mantener la FAS sigue cobrándola con su propia lógica de actualización, aunque el grupo de beneficiarios se reduce con el paso del tiempo.
La FAS es incompatible con cualquier otra prestación del sistema actual, salvo casos puntuales previstos en la normativa. Su gestión corresponde tradicionalmente al IMSERSO en colaboración con las comunidades autónomas, en los términos de la transferencia competencial. Figura en este glosario por dos motivos: su valor histórico y el hecho de que todavía hay personas mayores que la perciben.