Análisis

La brecha de género en pensiones: causas y políticas

Por qué la pensión media de las mujeres es menor que la del hombre en España: carrera laboral, viudedad y complemento brecha del RD 39/2026.

Cuando se dice que existe una "brecha de género en pensiones" se está empleando una expresión que, en realidad, esconde tres mediciones distintas y un conjunto de correctores públicos que no siempre apuntan al mismo problema. Esta pieza no describe el fenómeno en sí —para eso está la pensión media de las mujeres es entre un 25 y un 30 % inferior a la de los hombres—, sino lo que viene después: qué cifra mide qué, qué instrumentos correctores hay vigentes en 2026 y qué dicen los organismos técnicos sobre su eficacia. Es una descripción, no una pieza de opinión, con cita de fuente en cada dato.

Tres brechas, no una

El primer error de lectura es tratar la brecha como un número único. Hay al menos tres métricas que arrojan cifras diferentes, y mezclarlas conduce a conclusiones equivocadas:

  • Brecha en pensión de jubilación. Diferencia entre la pensión contributiva de jubilación que cobran las mujeres y la que cobran los hombres. Es la métrica más estricta y la más utilizada.
  • Brecha en pensión total. Incluye viudedad, orfandad, favor de familiares, incapacidad y no contributivas. Como las mujeres concentran la viudedad, de cuantía más baja, esta cifra suele ser mayor que la anterior.
  • Brecha en altas nuevas. Solo mira a quienes acceden a una prestación cada año. Es la que marca la dirección: si la brecha en altas baja, la del stock total tardará una generación en seguirla.

La fuente de referencia para las tres es la estadística de pensiones contributivas de la Seguridad Social, desagregada por sexo y publicada mensualmente por el ministerio competente. Confundir la brecha de jubilación con la total es el equívoco más frecuente del debate público: la primera la van cerrando las cohortes jóvenes; la segunda seguirá abierta mientras la viudedad mantenga su mecánica actual.

Por qué la viudedad arrastra la cifra agregada

La viudedad merece párrafo propio porque distorsiona la lectura total. Las mujeres son las receptoras mayoritarias de esta prestación, tanto por su mayor esperanza de vida como porque la cohorte hoy viuda tiene cónyuges varones que fallecieron antes. Y la viudedad se calcula como porcentaje de la base reguladora del causante —un 52 % con carácter general, 60 % o 70 % en ciertas situaciones—, de modo que su cuantía media es estructuralmente inferior a la de la jubilación.

Esto obliga a separar dos preguntas que el debate suele fundir en una. Una es: ¿qué brecha hay entre la jubilación de un trabajador y una trabajadora con carrera comparable? Otra muy distinta es: ¿qué brecha hay en la renta total de pensiones que cobran hombres y mujeres mayores de 65 años? La primera la han ido estrechando las cohortes más recientes. La segunda no se cerrará mientras la viudedad siga siendo mayoritariamente femenina y conserve su fórmula de cálculo. Las causas de origen de la brecha (carrera más corta, bases inferiores en el periodo de cómputo, concentración en regímenes con bases bajas) están detalladas en la pieza central del fenómeno; aquí basta retener que son acumulativas y que se traducen en una base reguladora menor.

El catálogo de correctores vigentes en 2026

El sistema ha ido incorporando mecanismos para atenuar la brecha. En 2026 los principales son cuatro, con lógicas distintas:

  • Complemento para reducir la brecha de género. Introducido por el RD-ley 3/2021, sustituye al antiguo complemento por maternidad. Su importe, fijado por el RD 39/2026, es de 36,90 €/mes por hijo, con un máximo de cuatro. Lo cobra el progenitor cuya carrera muestre mayor brecha por hijo común; en la práctica son mayoritariamente mujeres. A diferencia del antiguo complemento por maternidad, es individual y vinculado a la pensión, no un porcentaje sobre la base.
  • Periodos asimilados por cuidado de hijos. La Ley 27/2011 ya reconocía periodos asimilados a cotización por cuidado de hijos hasta cierta edad. El RD-ley 2/2023 mantuvo y amplió en parte ese reconocimiento para quien interrumpe o reduce su jornada por cuidados.
  • Integración de bases en empleadas del hogar. Desde 2022 este sistema especial cotiza por bases reales y con plena protección, lo que elimina la brecha estructural respecto al Régimen General. El efecto se notará en pensiones nuevas a medio plazo.
  • Suelo asistencial: no contributivas e IMV. Las cohortes con peor carrera acceden a la pensión no contributiva o al IMV. El RD 39/2026 fija el IMV adulto solo en 733,60 €/mes y revaloriza la no contributiva un 11,4 %. No son compensaciones contributivas, sino un suelo, pero resultan determinantes para la renta de muchas mujeres mayores. El marco general de cuantías del sistema en 2026 sitúa estas cifras en perspectiva.

La pieza de los cuatro es que ninguno reconoce explícitamente los años de cuidados como tiempo cotizado a efectos de carrera completa: tres operan sobre la cuantía o sobre el régimen, y el cuarto es un suelo de subsistencia. Esa es la limitación de fondo del marco corrector actual.

Qué miden los organismos técnicos

Varios organismos han documentado la brecha y evaluado los correctores, cada uno con su instrumento:

  • La AIReF ha analizado el coste fiscal del complemento para reducir la brecha de género y su efectividad relativa frente al antiguo complemento por maternidad, en sus opiniones sobre el sistema.
  • El Banco de España publica en su Informe Anual reflexiones técnicas sobre sostenibilidad y equidad, sin tomar posición política.
  • La Comisión Europea, en sus informes país sobre España, vigila la brecha de pensiones como indicador estructural de protección social.
  • La OCDE, en Pensions at a Glance, dedica capítulos a la brecha de género en pensiones y compara España con el resto de miembros.

Las cuatro coinciden en una lectura: la brecha en pensiones nuevas se cierra más rápido que la del stock total, pero el ritmo depende de variables del mercado laboral —brecha salarial, carga de cuidados, parcialidad— que están fuera del sistema de pensiones. El dilema económico entre adelantar o demorar la salida se vive además de forma especialmente sensible en estas trayectorias, porque las mujeres tienden a jubilarse algo más tarde para reunir más años y esquivar coeficientes reductores.

Lo que esta clasificación no dice

Distinguir tres métricas y cuatro correctores no equivale a tener cerrado el problema. Las cifras de los instrumentos —36,90 €/mes por hijo, 733,60 € de IMV— son las legales de 2026 y están sujetas a revalorización y a requisitos. Las causas de fondo son promedios de cohorte, no la explicación de ningún caso concreto, y buena parte de ellas depende del mercado laboral, de modo que su evolución es una tendencia, no un pronóstico cerrado. Nada de lo anterior es asesoramiento: la pensión de cada persona la calcula el INSS sobre su carrera real.

El balance, en una frase: el marco corrector español actúa sobre la cuantía y sobre el suelo asistencial, pero apenas sobre el origen —los años de cuidados no computados—, y por eso los organismos técnicos confían más en la rotación de cohortes que en los parches actuales para cerrar la brecha.

Fuentes

  • Real Decreto 39/2026, de 21 de enero (BOE-A-2026-1484), por el que se revalorizan las pensiones del sistema de la Seguridad Social y otras prestaciones sociales públicas para 2026.
  • Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, para la reducción de la brecha de género en la Seguridad Social.
  • Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.
  • Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (RDLeg 8/2015), arts. 60, 209 y 219.
  • Estadística de pensiones contributivas, Seguridad Social, datos de abril 2026.
  • Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), opiniones sobre el sistema público de pensiones.
  • OCDE, Pensions at a Glance 2025, capítulo sobre brecha de género.
  • Banco de España, Informe Anual 2024.