Cuando alguien recibe la carta que le reconoce la jubilación o la incapacidad permanente, quien firma esa resolución es el Instituto Nacional de la Seguridad Social. El INSS es la entidad gestora que reconoce y controla las prestaciones económicas del sistema, con dos excepciones que conviene tener claras desde el principio: el desempleo, que corre a cargo del SEPE, y las prestaciones propias del Régimen Especial del Mar, que gestiona el Instituto Social de la Marina.
Dentro de su perímetro caben las pensiones contributivas —jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y prestación en favor de familiares— y un catálogo de prestaciones temporales: incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y la lactancia, nacimiento y cuidado del menor, corresponsabilidad en el cuidado del lactante y cuidado de menores con enfermedad grave. A ello se suma su intervención en el Ingreso Mínimo Vital y en las pensiones no contributivas que le corresponden, coordinándose con las comunidades autónomas y el IMSERSO. También resuelve, antes de que el asunto llegue a la jurisdicción social, las reclamaciones previas frente a sus propios actos.
Un error frecuente es confundirlo con la Tesorería General de la Seguridad Social. El reparto es nítido: la TGSS afilia, da altas y bajas, recauda cotizaciones y administra el patrimonio del sistema; el INSS reconoce y paga. Ahora bien, no trabajan de espaldas. La carrera de cotización y las bases que la Tesorería custodia son la materia prima con la que el Instituto calcula cada pensión, de modo que un error en los datos de una repercute en la resolución de la otra.
El INSS depende del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y atiende al ciudadano a través de las direcciones provinciales y de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).